1.- Los partidos políticos
La observación de la realidad política y social de la nación indica que el ordenamiento jurídico vigente no impide que los partidos políticos sean empleados como instrumentos de poder por la acción de unos pocos individuos poseedores de la mayor parte de la riqueza, o por la acción de quienes se apoyan en el ejercicio de la violencia para acceder al gobierno o sostenerse en él, con el objeto de trastocar la función gubernamental, llevándola hacia la única finalidad del favorecimiento de los intereses particulares de esos poderosos y a la obtención de beneficios y privilegios para ellos y para sus familias.
Tampoco impide la posibilidad de que los partidos políticos funcionen como maquinarias destinadas a movilizar los ciudadanos a votar en favor de candidatos previamente escogidos en los conciliábulos de los jerarcas del poder político, los cuales son impuestos a los electores, haciéndoles creer que son los mejores, aunque la única cualidad que pudieran tener sea la de ser merecedores de la absoluta confianza de esas jerarquías.
En esas circunstancias, la estructura de las maquinarias electorales que se desarrollen puede alcanzar formas similares a las de las empresas comerciales; de ese modo, los dirigentes de los partidos pueden comportarse como propietarios de sus respectivas empresas electorales, pueden disponer de grandes capitales financiados por los más acaudalados empresarios y por los contratistas interesados en las expectativas de negocios que pueden depararles las actividades de la administración pública.
Además, dentro de ese mismo escenario, no todos los ciudadanos pueden ser miembros de partidos políticos; esa condición queda reservada exclusivamente para los activistas integrantes de la maquinaria dedicada a la tarea de conseguir votos en las veredas campesinas, en las comunas y barrios de las ciudades, entre la población de los más bajos estratos, mediante la oferta de influencias, haciendo promesas o repartiendo obsequios y, si fuere necesario, sirviendo de agentes compradores de votos.
Aquellos activistas son los únicos que alcanzan la posibilidad de asistir a convenciones y asambleas de los partidos, con la obligación de votar del modo como les hayan ordenado, para escoger dizque “democráticamente” candidatos de esos partidos o para aprobar decisiones que ya estuvieren acordadas por los dirigentes.
2.- Origen de los vicios del ejercicio de la política
Los modos viciosos del ejercicio de la política, conocidos con los nombres de caudillismo, caciquismo y clientelismo, pueden sobrevenir con toda la secuela de abusos, corrupción e injusticias, como consecuencia de los vacíos y la falta de previsión en el ordenamiento jurídico.
La eficaz erradicación de esos vicios exige ir al origen del problema, radicado en la estructura y las funciones de las ramas legislativa y ejecutiva del poder público. En estas dos ramas es donde mayormente se hace posible desnaturalizar la soberanía popular y frustrar el poder político de los ciudadanos, en aras de una supuesta representación, que en la práctica puede convertirse en aberrante suplantación.
Las normas constitucionales actualmente vigentes han reducido las funciones del Congreso de la República a la condición de secundarias tareas de control político y aprobación de las leyes que le proponga el presidente de la República.
La primera de esas tareas apenas la realiza de modo ineficiente, y la segunda ha quedado sometida a la seducción del poder presidencial, por la facultad constitucional que tiene este poder para mandar y disponer de toda la burocracia directiva de la administración pública central y de la descentralizada por servicios, así como la del servicio diplomático y consular, que puede usar para premiar a los congresistas, favoreciendo a sus familiares y amigos con muy buenos empleos, en recompensa por los buenos servicios que le presten en la aprobación de las leyes y de los proyectos de reforma de la Constitución Política.
En esas circunstancias, las leyes quedan expuestas a no tener origen en la voluntad de la mayoría de los ciudadanos, ni en el interés general que pudiera expresar aquella mayoría; contrariamente, quedan expuestas a tener como único origen la voluntad de los exclusivos grupos poseedores de los mayores capitales nacionales e internacionales, fielmente representada por el jefe de gobierno de la nación. Así, las leyes solamente pueden tener en consideración los intereses particulares de la reducida minoría de los poderosos grupos dominantes de la economía nacional y, de esta manera, la aprobación de los proyectos de leyes solo puede conseguirse mediante la actividad del clientelismo dentro del Congreso de la República.
Por su parte, la administración pública, convertida en instrumento de gobierno, puede quedar en peligro de llegar a ser el más abyecto foco de corrupción, cuando sea empleada no para obtener el bien común y realizar el interés general, sino para dar satisfacción a los más poderosos e influyentes intereses particulares y para desarrollar y fomentar el clientelismo político con la finalidad de crear las condiciones favorables a la prolongación de la permanencia en el ejercicio del poder o en la ocupación de las sillas de representación popular, o en asegurar esos privilegios a familiares y amigos de quienes los disfrutan.
De aquí resulta la necesidad de reformar el Congreso de la República en el sentido de la democracia. Y también resulta necesario suprimir el régimen presidencial. Este régimen fue concebido, desde los orígenes de la República, basándose en el modelo de las monarquías constitucionales europeas, en las que el poder político pertenecía al jefe del Ejecutivo, no al Pueblo, que no existía entonces, ni ahora, como entidad jurídica ni como entidad política.
Aunque el presidente de la República sea elegido por voto popular y se suponga que lleva la representación de la voluntad mayoritaria de los ciudadanos para el gobierno, en la realidad fáctica puede no obrar como representante mandatario de esa voluntad, sino discrecionalmente, y aún puede obrar en contra de ella, por el hecho de no existir norma jurídica alguna que le imponga la obligación de cumplir el mandato de esa voluntad mayoritaria, ni le obligue a responder por el incumplimiento.
3.- El pueblo transfiere su soberanía en el mismo momento en el que elige
Las normas constitucionales vigentes permiten que el pueblo enajene su soberanía en el mismo momento en que elige tanto al presidente de la República como a los miembros del Congreso; en la práctica, con la elección el pueblo les transfiere a los elegidos la facultad de gobernar y de ejercer esa soberanía como mejor les parezca o les convenga.
Aunque la Constitución diga en el primero de sus artículos que Colombia está organizada en forma de república democrática, la estructura de las ramas ejecutiva y legislativa del poder público no corresponde a ese tipo de gobierno sino al de una oligarquía plutocrática, que es el gobierno realizado por la voluntad de un limitado grupo de poderosos ricos.
4.- La finalidad del Movimiento Demócrata Colombiano
La principal finalidad del Movimiento Demócrata Colombiano es conseguir que cada uno de los ciudadanos pueda participar en el gobierno de la sociedad. Este objetivo está directamente relacionado con la característica esencial de la democracia. Para alcanzarlo es necesario crear las condiciones jurídicas e institucionales que protejan la libre formación de partidos políticos y la libre participación de los ciudadanos dentro de ellos, haciéndoles posible la proposición, el debate y la aprobación de programas de gobierno en los cuales se recojan las soluciones a los problemas que afectan las condiciones de vida y el bienestar general de la población.
Esta es la razón que motiva a este Movimiento a promover la creación de normas reguladoras del funcionamiento de los partidos políticos, teniendo en consideración la importancia de esas instituciones en la organización de la sociedad y teniendo en consideración que en la verdadera democracia los partidos políticos son los canales de expresión de la voluntad política de los ciudadanos, son los puntos de encuentro en donde pueden asociarse las opiniones políticas individuales que sean coincidentes y, también, son los espacios donde sus integrantes, en igualdad de condiciones, tienen la oportunidad de proponer fórmulas de solución a los problemas de convivencia, así como proyectos de creación de circunstancias favorables para que todos los habitantes alcancen el bienestar y el progreso deseado.
Las modificaciones que este Movimiento propone realizar a la Constitución Política tienen la finalidad de instituir que los programas de gobierno que propongan los partidos políticos a la votación de toda la ciudadanía tengan origen en los debates y los acuerdos que se obtengan dentro de cada uno de ellos, por decisión mayoritaria de los miembros.
También tienen la finalidad de instituir que periódicamente se realice la elección del programa de gobierno que vaya a dirigir a la sociedad en el siguiente período. Los ciudadanos elegirán por mayoría de votos uno de los varios programas de gobierno que les hayan puesto a su consideración los diferentes partidos políticos y junto con ese programa también elegirán la lista de ciudadanos, del mismo partido que presentó el programa, destinada a conformar la Asamblea Legislativa, órgano del poder público al cual corresponderá convertir en leyes la totalidad de los puntos del programa de gobierno.
De ese modo, la expresión que la mayoría de la voluntad ciudadana realice en el proceso electoral, apoyando a uno de los programas de gobierno, producirá la consecuencia jurídica y política de ser la expresión de la voluntad de gobierno de todo el Pueblo. Así, el contenido de ese programa se elevará a la categoría de mandato para el desarrollo de las funciones del poder público. Será el mandato soberano del Pueblo. En él quedará incluida la voluntad de millones de ciudadanos que integren esa mayoría, no solo por haber votado en apoyo del programa sino por haber participado en los debates de su partido contribuyendo a crearlo y aprobarlo.
5.- La propuesta del Movimiento Demócrata Colombiano
El gobierno del Pueblo se realizará en tanto sea la voluntad de la mayoría ciudadana la que gobierne por medio del mandato contenido en el programa de gobierno triunfador en la elección; las leyes con las cuales se gobierne deberán recoger fielmente lo ordenado en ese programa, con la finalidad de que sea realizado y cumplido por la rama ejecutiva del poder público, sirviéndose de los órganos de la administración pública.
Con fundamento en este principio de soberanía popular, la propuesta del Movimiento Demócrata Colombiano para modificar la Constitución Política puede resumirse como sigue:
La asamblea legislativa que redacte y ponga en vigencia las leyes será el conjunto de ciudadanos elegidos, junto con el programa de gobierno, para la finalidad de cumplir el mandato contenido en ese programa.
Esa asamblea legislativa elegirá a los ministros, a quienes corresponderá la responsabilidad de dirigir la administración pública. Así, la rama ejecutiva del poder público quedará integrada por los directores de las varias secciones o áreas en las que se divida la administración pública.
Los ministros serán escogidos entre los mismos miembros de la asamblea legislativa y serán reemplazados en sus puestos de asambleístas por los suplentes que hubieren sido elegidos en el mismo proceso electoral; estos funcionarios no podrán contratar, ni nombrar o participar en el nombramiento o selección de empleados de la administración pública.
Todos los funcionarios y empleados de la administración pública pertenecerán a la carrera administrativa, la cual será administrada por un órgano especializado que se regirá estrictamente por la ley y estará sometido a permanente vigilancia de los ciudadanos. El nombramiento y ascenso por conocimientos, experiencia y méritos en el servicio se realizará conforme a lo que exprese la ley, de modo que sea imposible el ejercicio de influencias políticas en la selección del personal de la administración pública.
La contratación administrativa también estará a cargo de un organismo protegido por las previsiones de la ley contra cualquier influencia política o de intereses particulares.
La idea esencial de esta propuesta es asegurar la conformación democrática de las instituciones; esta conformación solamente puede realizarse modificando la Constitución Política en el sentido de crear las condiciones jurídicas favorables para la eficiente realización de los programas de gobierno que la mayoría ciudadana escoja libremente.
Mientras no se reorganice la nación colombiana con una nueva Constitución Política en la cual se instituya como sociedad democrática, de nada sirve pretender la obtención de votos con programas de reformas legislativas y de acción administrativa que supuestamente serán realizados en el caso de obtener el gobierno, a sabiendas de que no será posible cumplir esas promesas porque el marco institucional del ordenamiento jurídico no garantiza su realización ni su efectividad. Esa es la causa de la frustración de las esperanzas de la mayoría ciudadana en las pocas oportunidades en que se ha conseguido el triunfo electoral de programas progresistas.