6- La soberanía del Pueblo

22.01.2019 16:26

               En el estudio del Derecho y de la Ciencia Política se ha dado el nombre de soberanía al poder político supremo que existe en las naciones para disponer, mandar y dirigir las condiciones de existencia y convivencia entre los individuos que las integran y para dirigir el modo de usar los recursos naturales del territorio que habitan.

               Durante casi todas las épocas del desarrollo de la humanidad los fundamentos de este poder han sido la fuerza y la violencia en las que se apoyan los gobernantes mediante el uso de las armas, de los ejércitos y de los instrumentos de tortura y de castigo; en algunos intervalos los fundamentos han sido las religiones, también acompañadas por la fuerza de las armas, con la creación de los misterios de los dioses, con la práctica de ritos y la imposición de costumbres; en otros intervalos, incluida la actualidad, el principal fundamento ha sido la riqueza, en su forma de capital, que por ser la más desarrollada y concentrada, ha llegado a controlar y a poner a su servicio a los políticos, a los dirigentes religiosos y a los militares.  

               Esos fundamentos muestran a la soberanía como un cruel, despiadado, perverso, injusto, destructor e inhumano modo de dirigir a las naciones; lo cual ha sido comprobado por las investigaciones que documentan las páginas de la Historia de la humanidad. Esas características del ejercicio de la soberanía explican por qué siempre se la ha considerado opuesta a la libertad de los seres humanos.  

               Pero no es la categoría institucional de la soberanía el directo origen de todo ese horroroso mal causado a los grupos humanos y a las naciones sino los fundamentos sobre los que se ha construido el poder de los soberanos. La categoría institucional de la soberanía o suprema autoridad política no solo es necesaria, es indispensable para organizar las sociedades humanas mediante la dirección racional de las relaciones de convivencia entre los habitantes y el uso y aprovechamiento de manera científica de los recursos naturales del territorio de la nación, siempre que impida el deterioro del medio ambiente o la destrucción de la Naturaleza; pero debe estar fundamentada en el acuerdo mayoritario de las voluntades políticas de los ciudadanos, para alcanzar el bienestar y el progreso de todos los habitantes. 

               El postulado que explica la esencia de la democracia como el gobierno de la sociedad por el Pueblo, está directamente relacionado con el postulado que muestra a la soberanía del Pueblo como el único modo de realizar ese tipo de gobierno.     

               Para que exista el gobierno del Pueblo en cualquier sociedad humana es necesario que se instituya en la Constitución Política, así como en las leyes, la entidad jurídica y política denominada Pueblo, de modo que ésta entidad pueda expresar su voluntad de gobierno y pueda designar durante etapas periódicas a los ciudadanos encargados de hacer efectivo y real el mandato que contenga la expresión de la voluntad de la mayoría ciudadana, haciéndoles responsables del fiel y exacto cumplimiento de ese mandato.

               Cuando el Pueblo se constituya como entidad política y jurídica podrá desarrollar, por virtud del atributo de soberanía, amplias y superiores facultades en la organización democrática de la sociedad. Este atributo le será inherente y se manifestará en el exclusivo ejercicio de la suprema autoridad de la sociedad, por lo cual no admitirá ninguna otra autoridad igual ni opuesta y hará depender de él a todas las demás autoridades, en la condición de subordinadas.

               La existencia de la autoridad suprema dirigente se originará en la necesidad de que la sociedad humana sea organizada, sostenida y desarrollada progresivamente; esa necesidad será consecuencia de la concatenación de las siguientes circunstancias:

               1) La subsistencia de la población y el mejoramiento de sus condiciones de vida dependerán de la satisfacción de las necesidades vitales o básicas y las necesidades culturales de todos los individuos que la integran.

               2) La satisfacción de esas necesidades dependerá de la producción y la distribución de bienes y servicios, las cuales se realizarán por medio del trabajo de los mismos individuos.

               3) La producción y distribución de bienes y servicios dependerá del aprovechamiento de los recursos naturales del territorio sobre el cual conviven los integrantes de la población.

               4) El objetivo de satisfacción de las necesidades de los individuos integrantes de la población será la principal causa generadora de los motivos de interés que induzcan a cada uno de ellos a obrar en el ejercicio de su libertad.

                5) La concurrencia de los motivos de interés de todos los integrantes de la población exigirá la creación de un orden regulador de esa concurrencia y una actividad de dirección que facilite las actividades de todos hacia la obtención de su bienestar y su progreso.                6) La eficacia del orden regulador y de la actividad de dirección dependerá de que sean originados en una autoridad que tenga el carácter de suprema por estar conformada por la voluntad política de la mayoría de los ciudadanos, la cual será expresada en la forma de mandatos obligatorios que deberán ser convertidos en leyes de manera fiel y exacta.

               Para los efectos de la organización y desarrollo progresivo de la sociedad humana será necesario que las leyes sean puestas en vigencia, obedecidas y cumplidas por virtud del consentimiento y aceptación que la autoridad suprema tenga en los ciudadanos integrantes de la sociedad, por tanto, no podrán ser alternadas, modificadas, corregidas, suspendidas, derogadas, ni sustituidas por decisiones de otra autoridad mientras no sean contrarias a la Constitución Política, ni a los derechos humanos, ni a la voluntad de la mayoría de los ciudadanos.

               La naturaleza colectiva será característica esencial de la soberanía del Pueblo, en razón de que será el poder político de un enorme conjunto de seres humanos que estarán unidos por la coincidencia de sus voluntades individuales. Esa naturaleza colectiva exigirá que sus decisiones sean el resultado del acuerdo de todos los ciudadanos que lo integran o, por lo menos, de la mayoría de ellos, y se distinguirá por las siguientes cualidades:

               Primero: el poder político constitutivo de la soberanía del Pueblo no podrá ser monopolizado por una sola persona ni por un limitado y exclusivo grupo de personas; en el momento en que esto ocurra, la soberanía dejará de pertenecer al Pueblo. De esta característica dependerá que la autoridad suprema no sea tiránica o despótica y que respete y garantice la libertad y los derechos humanos de todos los integrantes de la población.

               Segundo: las decisiones de la soberanía del Pueblo, así como el orden que ella establezca en las relaciones humanas, no podrán fundamentarse en la fuerza armada o militar o en la violencia, ni en ninguna otra clase de fuerza, como causa generadora de su acatamiento, respeto o cumplimiento. Por ser la consecuencia del acuerdo de todos, o de la mayoría de los ciudadanos, esas decisiones y ese orden deberán fundamentarse en el consentimiento y la libre aceptación de los mandatos de esa mayoría. Sin embargo, los inadaptados al orden social que, contrariando y desobedeciendo esas decisiones y ese ordenamiento, realicen actos perjudiciales para los integrantes de la población, serán sometidos, si fuere necesario, con apoyo de la fuerza pública y de conformidad con lo que establezcan las leyes.

               La soberanía del Pueblo será indivisible, indelegable, no enajenable e imprescriptible. Estas características esenciales serán incompatibles con la posibilidad de que los ciudadanos elegidos como representantes del Pueblo puedan ejercer la función constituyente con la finalidad de modificar la Constitución Política, o puedan ejercer la función legislativa a su arbitrio, para legislar sin tener en cuenta la voluntad de la mayoría de los ciudadanos, o lo que es peor, como ocurre en los países donde se simula la democracia, para legislar en contra de los motivos de interés de esa mayoría con el fin de favorecer los motivos de interés de quienes les financian los gastos de las campañas políticas con las cuales obtienen la representación popular.

               También serán incompatibles con la posibilidad de que los recursos fiscales de la nación y los actos de la administración pública sean manejados y dirigidos sin tener en cuenta el mandato de la voluntad mayoritaria de los ciudadanos, o sean manejados y dirigidos contrariando esa voluntad. 

               Esas posibilidades y todas las demás que desnaturalizan las cualidades esenciales de la soberanía del Pueblo serán inadmisibles en la verdadera sociedad democrática, no podrán existir en ella, deberá precaverse su aparición y procederse a la inmediata erradicación de sus primeras manifestaciones. Por esta causa será necesario que todos los ciudadanos tengan muy clara conciencia del gran valor político y jurídico de sus derechos políticos y de la circunstancia de que esos derechos serán los instrumentos mediante los cuales se harán partícipes de la soberanía del Pueblo.

 

 

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