1 - El concepto de sociedad democrática

19.01.2019 13:07

               Desde el punto de vista de la Sociología el significado más apropiado de la palabra sociedad es el que hace referencia a una fase muy adelantada y completa del modo de existir de los seres humanos en grandes grupos de población que se integrarán como un todo unitario y como una forma superior en la escala de la optimización de la vida en comunidad. 

               Este modo de concebir la sociedad se proyecta hacia el futuro como la mejor forma de organización que podrán alcanzar las naciones por medio del sistema de gobierno democrático. Así pues, la sociedad democrática se conformará cuando la mayoría de los ciudadanos de una nación esté de acuerdo en obrar conjuntamente, con ánimo de cooperación para alcanzar finalidades comunes con las cuales se puedan superar las dificultades que se opongan al desarrollo de la vida de todos los habitantes dentro de las mejores condiciones o superar las dificultades que les impidan alcanzar las metas individuales de progreso, siempre que esas metas no sean perjudiciales para la misma sociedad o para la Naturaleza.

               En esas circunstancias, la organización social y la regulación de las relaciones entre los habitantes serán condiciones de vida elaboradas por las inteligencias y las voluntades de la mayoría de los ciudadanos, las cuales dependerán del conocimiento que ellos tengan de la realidad social e irán dirigidas a la consecución de finalidades de beneficio común que mejoren a todos el desarrollo de su existencia individual y mejoren la existencia colectiva.

               La verdadera democracia se fundamentará en el poder político de cada uno de los ciudadanos, el cual será garantizado por la Constitución mediante la institución de los derechos políticos. Este poder se manifestará en el ejercicio de esos derechos por medio de la libre y consciente voluntad de los ciudadanos; para ese efecto, los ciudadanos asociados en partidos expresarán su voluntad de gobierno en programas que acuerden en cada colectividad partidista y, además, los apoyarán con sus votos en los procesos electorales. El programa que obtenga el apoyo mayoritario de los votos de los ciudadanos en el respectivo proceso electoral, obtendrá la calidad jurídica de mandato de gobierno en el que se manifestará el poder político del Pueblo. La condición mayoritaria de la votación deberá ser, por lo menos, la mitad más uno de los votos de los ciudadanos inscritos en el censo electoral.

               Los mandatos de gobierno que periódicamente se escojan en los procesos electorales serán la expresión de la soberanía del Pueblo; esos mandatos deberán ser desarrollados en leyes que deberán ser cumplidas y ejecutadas por la administración pública y por los otros órganos del poder público o, en otras circunstancias, aplicadas por la administración de justicia. Así, el ejercicio de la soberanía del Pueblo consistirá en realizar por medio de las ramas del poder público los programas de gobierno que se elijan en los procesos electorales.

               La condición de que los programas de gobierno que sean elegidos en los procesos electorales deban ser desarrollados en leyes, de manera fiel e íntegra, será la garantía que asegurará el cabal ejercicio de la soberanía del Pueblo en la función de gobierno de la sociedad. Esa condición hará posible conseguir que las disposiciones de la voluntad mayoritaria de los ciudadanos sean las únicas que se cumplan, se ejecuten y se obedezcan.

               El gobierno del Pueblo se realizará por medio de leyes; el contenido de las leyes mandará, ordenará, prohibirá, exonerará, permitirá, autorizará, establecerá sanciones o fijará recompensas y premios; en ellas se expresarán las normas que regulen las relaciones entre los habitantes del territorio de la sociedad y, también, las normas que regulen las actividades de los órganos de las ramas del poder público.

               Las leyes serán actos jurídicos que tendrán las características de la generalidad, de la impersonalidad o abstracción, de la obligatoriedad y de la permanencia. Esas características harán que las normas sean aplicables sin excepción a todas las personas que se encuentren dentro de las circunstancias establecidas en ellas y que rijan para todos los casos y todas las veces en que se den las circunstancias previstas en ellas, independientemente de la consideración de los sujetos, de tal manera que no podrán hacerse para regir casos individuales, ni para regir sólo a determinadas personas. Asimismo, esas características harán que las normas tengan el apoyo coercitivo del poder público que emana de la soberanía popular, cuando no sean obedecidas y cumplidas. Además, las mencionadas características harán que las normas permanezcan vigentes indefinidamente hasta el momento en que sean derogadas.

               El necesario complemento del gobierno del Pueblo será la clara diferenciación de las funciones de gobierno y de administración pública, así como la delimitación precisa de los campos de acción en los que se desenvuelven.

               El mantenimiento de la soberanía como poder exclusivo del Pueblo exige que una de las ramas del poder público, la que tiene la especialidad de redactar las leyes, las redacte dando fiel y oportuno cumplimiento al mandato de la mayoría ciudadana y que también tenga la facultad de ponerlas en vigencia cuando haya finalizado la totalidad del trámite constitucional y legal exigido para el efecto. Ese mandato estará expresado en el programa de gobierno que resulte elegido; la redacción de las leyes que lo desarrollen deberán hacerla los integrantes del órgano legislativo que sean elegidos de modo anexo al programa de gobierno en el mismo proceso electoral.

               La etapa inicial de cada periodo de gobierno del Pueblo se realizará convirtiendo en leyes de obligatorio cumplimiento todo el contenido del programa elegido. A partir de allí seguirá la etapa de ejecución y cumplimiento de esas leyes, en la cual se materializará el contenido del programa de gobierno elegido y se realizarán las obras y los proyectos que allí se hayan ordenado. Esa segunda etapa será desarrollada por la rama ejecutiva del poder público con el apoyo de los órganos de la administración pública. La característica esencial de las funciones ejecutiva y administrativa será la legalidad que consiste en el fiel cumplimiento de la Constitución Política y de las leyes, vale, en la lealtad al gobierno del Pueblo.

 

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